viernes, 18 de julio de 2008

Dejad que los muertos descansen en paz…

"Dale, Señor, el descanso eterno y que brille sobre él la luz eterna"… así cantaban, en los oficios de difuntos, los monaguillos de la Iglesia que queda cercana a la casa donde viví muchos años… verso que vino a mi mente, al igual que aquella frase hecha que utilizaba mi abuelita que da título a estas ideas, cuando hablábamos de algo que había perdido actualidad.

Y si, ya han pasado algunos días desde que la noticia de la muerte de Jesse Helms fuera anunciada por la prensa nacional e internacional: en ése momento pensé armar el pequeño dossier que hoy les entrego, pero otras noticias fueron dejando para después ese impulso y lo había finalmente desechado hasta que hoy, por pura casualidad, leí en una de esas cuevas anticubanas que pululan en Internet, una breve nota con el anuncio de la muerte del Senador Helms… y me subió a la garganta un sabor de bilis cuando leí las concisas palabras que describían la Ley Helms-Burton, engendro parido por el “ilustre” fallecido. Y quise que ustedes, queridos amigos y hermanos, amén del documentado artículo del periodista Lázaro Barredo, volvieran una vez más a parar mientes en qué es la tal ley, y cuánto daño a hecho a mi país…

Y le preguntaría, si estuviera, a mi querida ancianita: ¿qué muertos, abuela? ¿Su muerto, o nuestros muertos???...

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Muere el senador Jesse Helms, impulsor del bloqueo a Cuba

Jesse Helms, un icono de la derecha de Estados Unidos que defendió sus ideas ultraconservadoras durante casi treinta años (1973-2001) en el Senado como representante de Carolina del Norte por el Partido Republicano, falleció ayer a los 86 años, según informó el centro educativo que lleva su nombre. La causa de la muerte no fue aclarada, pero era muy conocido que padecía una fuerte demencia.

Acusado por los demócratas de racismo y de favorecer sólo a las grandes corporaciones, Helms se opuso a la designación del día festivo en honor de Martin Luther King. También bloqueó en 1994 el pago de la contribución de EE UU a la ONU para forzar su reforma. Pero su popularidad se debe, sobre todo, a que su nombre permanece plasmado en la llamada Ley Helms-Burton, que endureció el embargo contra Cuba en 1996 y que provocó las protestas de la UE y otros países, pues castiga a empresas extranjeras que realicen negocios en la isla

Tomado de Bitácora Cubana

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Murió un icono de la ultraderecha

Lázaro Barredo Medina

Hay hombres en este mundo cuyo ejercicio del mal los convertirán en paradigmas de desgracias para la humanidad.

Tal es el caso de Jesse Helms, quien acaba de morir a la edad de 86 años, uno de los más acérrimos ultraconservadores norteamericanos, llamado "el titán de la intolerancia", quien estuvo en los últimos años de su vida sumido irremediablemente en las tinieblas de la demencia, aunque muchos se preguntan si en los últimos 40 años se hallaba en su sano juicio, cuando dictaminaba leyes e impartía instrucciones contra todo y todos los que en su opinión no se alineaban con el Gran Patrón.

Hace un par de años, el diario The News & Observer de Carolina del Norte decía en un artículo que "uno de los más prominentes guerreros del conservadurismo en Estados Unidos, el ex senador republicano Jesse Alexander Helms, está sufriendo de demencia, igual que el hombre a quien Helms facilitó el camino a la Casa Blanca, Ronald Reagan."

La historia de Helms es el reflejo de un sector político ultraderechista en Estados Unidos que ha significado una tragedia para millones de seres humanos en todos los rincones del planeta, incluyendo su propia nación.

Desde el inicio de su carrera como periodista, político y banquero, sin terminar la universidad, se declaró cristiano, racista y patriota, ignorando que el cristianismo y racismo son incompatibles. A la vez, su "patriotismo" terminó (como han hecho otros muchos políticos norteamericanos en una cómoda oficina de reclutamiento para la fuerza naval durante la Segunda Guerra Mundial mientras que 300 000 jóvenes norteamericanos perdían la vida en las cruentas batallas contra el fascismo.

Posteriormente, Jesse Helms se convirtió en uno de los líderes de The Council for National Policy, una organización subsidiaria del pro-nazi German American National Congress. Todos sus miembros eran partidarios de la eugenesia— la creación de una súper raza blanca.

Para Jesse Helms, los afroamericanos eran inferiores genéticamente en su coeficiente de inteligencia a los blancos. En sus editoriales en los medios de comunicación de Carolina del Norte apoyó abiertamente la política de segregación y defendió frecuentemente a los miembros del Ku Klux Klan.

El reverendo Martin Luther King, para el senador Helms, era un "comunista subversivo que servía a los intereses de la URSS y Cuba". Por eso se opuso enérgicamente al establecimiento del día feriado en su honor. Su héroe favorito era el líder de la Iglesia de Unificación, reverendo Moon —el padrino de la Liga Mundial Anti-Comunista a quien Jesse Helms dio todo su apoyo para iniciar una campaña global anticomunista cultivando a los dictadores latinoamericanos, africanos y asiáticos.

En su calidad de senador patrocinó incondicionalmente el Apartheid en África del Sur y trató de mantener Rhodesia del Sur como bastión de la raza blanca, oponiéndose a la independencia de Zimbabwe. Ayudó con los fondos a los grupos contrarrevolucionarios de Mozambique y Angola. Felicitó a Pinochet por su golpe de Estado y selló la amistad con un abrazo fraterno con el dictador chileno. Por supuesto, que para Helms, el sanguinario Jean Claude Duvalier era paladín del anticomunismo en Haití y era necesario para el mundo civilizado darle todo el apoyo. En la percepción de este senador que llegó a ser el presidente del Comité de Relaciones Exteriores del Senado, Luis García Meza en Bolivia cumplía "la misión de proteger la democracia" sin importarle que uno de sus principales asesores era el fugitivo de la justicia, el nazi Klaus Barbie.

Decía Helms que "el enemigo de mi enemigo es mi amigo". Así que apoyó con dinero y armas a los contras. No le importaron los informes de la Inteligencia Militar (DIA) y las advertencias del secretario de Estado George Shultz que acusaban a algunos sectores de los contra de ser traficantes de droga con la cual invadieron a California. Mientras luchaban contra el sandinismo se les perdonaba todo. En el Salvador, se convirtió en el protector de Roberto D’Aubuisson, el hombre que creó escuadrones de la muerte con el dinero y asesoría provenientes de Washington y quien ordenó asesinar al monseñor Arnulfo Romero.

Con su lema "Estados Unidos primero", se opuso a los tratados contra la proliferación de armamentos, el pago de la deuda a la ONU, la entrega del Canal de Panamá y hasta los Juegos Olímpicos en China.

Jesse Helms sintió un profundo odio hacia la Revolución cubana desde los primeros meses del triunfo revolucionario y apoyó todas las acciones emprendidas por las administraciones norteamericanas para derrocarla y asesinar al Comandante en Jefe Fidel Castro.

Según un artículo publicado por la periodista Vicky Peláez en el Diario/La Prensa de Nueva York, "en 1990, la salud de Helms empezó a declinar. Fue en 1992 en el 31 aniversario del asesinato del presidente John F. Kennedy cuando amenazó veladamente de muerte a Bill Clinton, que provocó numerosos comentarios sobre su locura. En 1996, a veces ya era incomprensible su forma de hablar. Precisamente en aquel año se aprobó la Ley Helms-Burton contra Cuba, patrocinada por los ex dueños de las fábricas de ron Bacardi y la Fundación Cubano Americana contra Cuba. Esta ley fue denunciada por la mayoría de los especialistas como una aberración jurídica. ¿Quién puede garantizar que el senador Helms estaba en su pleno juicio para formular la absurda y aberrante ley?"

Es extensa la biografía de este icono de la derecha, de este paladín del mal, que se convirtió en un emblema de la locura en la política hegemónica de Washington y que más bien pareció por momento ser el jefe de una pandilla dispuesta a destrozar al mundo. Ese es su legado.

http://www.granma.cubaweb.cu/2008/07/07/interna/artic07.html

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Ley Helms-Burton: una aberración jurídica

El 12 de marzo de 1996, el Presidente de los Estados Unidos William J. Clinton firmó y puso en vigor la llamada Ley de la libertad cubana y solidaridad democrática de 1996, o Ley Libertad, más conocida por los nombres de sus principales promotores, el senador (R) por Carolina del Norte, Jesse Helms, y el representante (D) por Illinois, Dan Burton, pero con la que están comprometidos los sectores más conservadores y ultraderechistas del espectro político estadounidense y cubanoamericano.

La Ley Helms-Burton viola flagrantemente las leyes y los derechos humanos del pueblo cubano, la Constitución de los Estados Unidos y varias normas jurídicas de ese país, numerosos actos del derecho internacional que regulan las relaciones políticas, económicas, comerciales y financieras entre los Estados, y atenta contra la libertad de comercio e inversión, por lo cual ha generado conflictos con los principales socios de Estados Unidos.

Este documento es considerado por especialistas, gobiernos y organizaciones de todo el mundo como una aberración jurídica, contra la que se han proclamado numerosas leyes-espejo y leyes-antídoto en todo el mundo. El pueblo cubano, por medio de su Parlamento, adoptó las medidas jurídicas que sumadas a su rechazo moral y político, han condenado al fracaso a esta ley.

http://www.cubavsbloqueo.cu/Default.aspx?tabid=71

Estructura (Fragmentos)

Capítulo I: Fortalecimiento de las Sanciones Internacionales contra el Gobierno de Castro.

Establece 16 posiciones políticas de las más agresivas contra Cuba, entre ellas: el establecimiento de un "Bloqueo Internacional Obligatorio" en el Consejo de Seguridad de la ONU, la oposición a su entrada a instituciones financieras internacionales y la OEA, sanciones a los países de Europa Oriental que brinden algún tipo de ayuda o colaboren con la construcción de la Planta Nuclear de Juraguá y el apoyo a personas y ONG´s independientes en Cuba. Bajo el Título de "Codificación del Embargo Económico" subordina todas las disposiciones del bloqueo a la decisión del Congreso. De hecho esto significa que el Presidente, tanto actual como futuro, ha cedido al legislativo su poder en política exterior, algo que viola la práctica tradicional de la política norteamericana y limita las posibilidades del Presidente de cambiar la política hacia Cuba.

Capítulo II: Ayuda a una Cuba Libre e Independiente.

Establece 28 requisitos con el objetivo de legislar, desde Estados Unidos, la forma de gobierno, la organización social y política y las instituciones que debe tener Cuba para que se considere con un "Gobierno Democráticamente Electo". Subordina al cumplimiento de estos requisitos el restablecimiento de relaciones diplomáticas, el levantamiento del bloqueo y el inicio de negociaciones para la devolución de la Base Naval de Guantánamo. Establece además la presencia en Cuba de un Pro-Cónsul, para que controle el cumplimiento de la ley norteamericana. Entre sus requisitos no basta con la desaparición de las instituciones, los dirigentes y la organización política actual y las transformaciones económicas que lleven al país a una economía de mercado plena conforme al antojo estadounidense, sino que tienen que ser devueltas todas las propiedades nacionalizadas a partir del 1.01.59, sin dar margen a la negociación o indemnización. Los principales beneficiados con este postulado son los malversadores y esbirros de la tiranía batistiana nacionalizados en esa época, lo que demuestra los verdaderos intereses presentes en la redacción de la ley.

Capítulo III: Protección de los Derechos de Propiedad de los Nacionales Estadounidenses.

Contra el derecho internacional, establece el permiso de nacionales norteamericanos a llevar a cortes de los Estados Unidos a todo extranjero que "trafique" con "propiedades norteamericanas" en Cuba, por lo que pueden recibir hasta el triple del valor de la propiedad. La ley define como "propiedad norteamericana" aquellas nacionalizadas por el gobierno revolucionario después del 1.01.59. En el término "traficar" incluye la inversión en esas propiedades e, incluso, su ampliación posterior, así como "el beneficio" que puedan tener de las producciones que de ella se deriven. Además, prohibe a las cortes norteamericanas invocar la "Doctrina del Acto de Estado", principio reconocido internacionalmente que justifica el proceso cubano de nacionalizaciones, para abstenerse de pronunciar una determinación en estos casos. La ley otorga al Presidente la autoridad discrecional de suspender por 6 meses este Título o las acciones legales que él establece, siempre que justifique al Congreso que es en favor de la democracia en Cuba y responde a los intereses de Seguridad Nacional de los Estados Unidos. Cualquiera de ambas suspensiones pueden ser aplicadas por el Presidente cada 6 meses, indefinidamente.

Capítulo IV: Exclusión de Determinados Extranjeros.

Da permiso al Secretario de Estado y al Fiscal General para denegar el visado o excluir del territorio de los Estados Unidos a los que "trafiquen" en "propiedades norteamericanas", así como a su conyuge, hijos menores de edad o sus representantes, entendiéndose los mismos términos del Título III.

Principales violaciones al derecho internacional

La ley viola normas y principios elementales del derecho internacional reconocidas ampliamente en la Carta de la ONU, entre ellos el principio a la autodeterminación, la soberanía y la independencia, la libertad de comercio, la no injerencia en los asuntos internos de otros Estados, la convivencia pacífica entre las naciones, la soberanía nacional sobre los recursos naturales y el derecho a las nacionalizaciones. Otros principios violados son la libertad al financiamiento y la inversión, la subordinación de compañías subsidiarias a las leyes del país residente, el reconocimiento al dominio de una propiedad de acuerdo a las leyes del país donde esta localizada y la no jurisdicción de cortes internacionales o de terceros países sobre las confiscaciones de un país a sus nacionales, entre otros.

También viola Reglamentos y Acuerdos de Organizaciones Internacionales, como los del FMI, BM, AID, BID, etc., los que prohiben restricciones o moratorias de cualquier naturaleza contra sus acciones o propiedades, mucho más por razones de presión política como establece la ley. Además son violados los Acuerdos Generales del GATT y el GATS (de Aranceles, Comercio y Servicios, en la actualidad la Organización Mundial de Comercio) sobre el libre movimiento de personas en función del comercio. Igualmente se violan las leyes nacionales de los Estados Unidos que reconocen explícitamente estos principios y sus obligaciones con los acuerdos internacionales a los que pertenece.

http://www.cubavsbloqueo.cu/Default.aspx?tabid=38

Y si quieren conocer cómo ese bloqueo ha incidido en la vida de Cuba, cuántos proyectos ha hecho imposible, cuántas vidas se ha cobrado, en esta dirección, pueden encontrar, en formato pdf, estos y otros datos:

http://www.cubavsbloqueo.cu/informe2007/9.1.html

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