Por Ariadna Cornelio Hitchma y Gretter Alfonso Guzmán, funcionarias del Minrex
Solo
existen cuatro aspectos en que el Presidente no puede actuar, pues
requieren la acción congresional para su eliminación o modificación por
estar regulados en leyes estadounidenses. Fuera de ellas, Obama puede
acudir a sus prerrogativas ejecutivas para modificar la implementación
de la política de bloqueo contra Cuba.
Aunque
el Congreso de Estados Unidos es el órgano facultado para decretar el
fin del bloqueo contra Cuba, este acto puede estar precedido del
desmontaje de la inmensa mayoría de las restricciones que conforman esta
política, a través de acciones ejecutivas del Presidente.
Con
la firma de la Ley para la Libertad y Solidaridad Democrática Cubanas
(conocida como Ley Helms-Burton) por el presidente William Clinton el 12
de marzo de 1996, quedó codificado en ley el bloqueo contra Cuba y la
madeja de órdenes ejecutivas que lo sustentan. De esta manera, las
prerrogativas del Presidente para conducir la política exterior hacia
Cuba fueron traspasadas al Congreso, en lo concerniente al levantamiento
del bloqueo contra nuestro país. Sin embargo, al mismo tiempo, esa
misma ley preservó las amplias facultades del Presidente para, a través
de la emisión de licencias, permitir transacciones referidas al bloqueo
que están reguladas por el Código Federal de Regulaciones de Estados
Unidos.
Solo
existen cuatro aspectos en que el Presidente no puede actuar, pues
requieren la acción congresional para su eliminación o modificación por
estar regulados en leyes estadounidenses. El primero es la prohibición a
subsidiarias de Estados Unidos en terceros países a comerciar bienes
con Cuba, recogida en la Ley para la Democracia Cubana de 1992 (más
conocida como Ley Torricelli). El segundo es la imposibilidad de
realizar transacciones con propiedades norteamericanas que fueron
nacionalizadas por nuestro país, lo cual está prohibido por la Ley
Helms-Burton. Otras dos prohibiciones fueron incluidas en la Ley de
Reforma de las Sanciones Comerciales y Ampliación de las Exportaciones
del 2000, que impide a los ciudadanos estadounidenses viajar a Cuba con
fines turísticos y obliga a nuestro país a pagar en efectivo y por
adelantado por las compras de productos agrícolas en Estados Unidos.
Fuera
de estas cuatro restricciones amparadas en las leyes estadounidenses
mencionadas, el Presidente puede acudir a sus prerrogativas ejecutivas
para modificar la implementación de la política de bloqueo contra Cuba.
Muestra
de esta capacidad presidencial fue lo ocurrido el pasado 17 de
diciembre del 2014, cuando el Presidente de Estados Unidos anunció
varias medidas para modificar la aplicación de determinadas regulaciones
del bloqueo. Con posterioridad a este paso, el 15 de enero del 2015,
los Departamentos de Tesoro y Comercio publicaron las regulaciones
administrativas para implementar las medidas anunciadas por el
Presidente, las cuales entraron en vigor el día siguiente.
Este
puede ser el procedimiento a seguir en lo adelante para eliminar una
buena parte de las restricciones económicas, financieras y comerciales
que el gobierno de Estados Unidos mantiene contra nuestro país. Las
modificaciones realizadas por Obama están lejos de ser “todo lo que el
Presidente puede hacer”, como bien reconocen varios sectores y expertos
en el propio Estados Unidos. Aunque ciertamente significan un paso de
avance en temas como viajes a Cuba, telecomunicaciones y remesas, muchas
otras prohibiciones pueden ser eliminadas con la intervención del
Presidente.
Una modificación sustantiva del andamiaje del bloqueo es
posible si Obama continúa utilizando sus amplias facultades ejecutivas
para eliminar muchas de las restricciones vigentes.
En
relación con los viajes, el Presidente podría permitir servicios de
ferry entre Estados Unidos y Cuba, además de eliminar el límite al valor
de los productos que pueden ser importados desde Cuba por los viajeros
estadounidenses que visitan nuestro país, para uso personal o como
regalos. También, podría autorizar que los aviones cubanos vuelen a
Estados Unidos y transporten viajeros entre los dos países.
En
materia de comercio, Obama podría permitir que Cuba importe desde
terceros países productos que contengan más de un 10 % de componentes
norteamericanos. Asimismo, podría autorizar las exportaciones a Cuba de
otros productos estadounidenses y permitir las importaciones en EE.UU.
de servicios o productos cubanos, incluyendo aquellos manufacturados en
terceros países que contienen materias primas cubanas como níquel o
azúcar.
La
salud es otro sector en el que se pueden adoptar medidas con amplio
impacto en el bienestar de ambos pueblos. La lista de acciones que
podría acometer el Presidente comprende entre otras: autorizar a
ciudadanos de EE.UU. a recibir tratamientos médicos en Cuba; permitir la
exportación de medicinas y equipos médicos que puedan utilizarse en la
producción de productos biotecnológicos cubanos; permitir las ventas de
materias primas que Cuba necesita para producir medicamentos para la
población cubana y para otros países en desarrollo, y autorizar la
comercialización en Estados Unidos de productos de la biotecnología
cubana, como el Heberprot- P y el Nimotuzumab, anticuerpo monoclonal
para tratar el cáncer de cabeza y cuello avanzados.
En
el sector bancario y financiero, donde el gobierno de Obama ha aplicado
acciones de acoso financiero, también pueden modificarse varias
regulaciones y autorizar por ejemplo, el uso del dólar estadounidense en
las transacciones internacionales de Cuba, el consentimiento para que
estas transacciones se realicen a través del sistema bancario de Estados
Unidos cuando provengan de operaciones nuestras con terceros países y
la reversión de la política de persecución financiera contra la Isla,
que incrementa el temor de los bancos de terceros países a operar con
Cuba o a ejecutar transferencias bancarias a favor de empresas u
organizaciones cubanas. Otras acciones comprenderían posibilitar a
entidades cubanas (bancos, empresas, etc.) abrir cuentas en bancos de
Estados Unidos e instruir a los representantes de Estados Unidos en las
instituciones financieras internacionales que no bloqueen el
otorgamiento de créditos u otras facilidades financieras a Cuba.
Por
tanto, Obama tiene posibilidades ilimitadas para modificar de manera
significativa las restricciones vigentes y vaciar al bloqueo de su
contenido fundamental mediante el ejercicio de sus prerrogativas con
determinación.
El
proceso hacia la normalización de las relaciones bilaterales pasa
necesariamente por el levantamiento del bloqueo, el cual constituye el
mayor obstáculo para las relaciones económicas, comerciales y
financieras de Cuba con Estados Unidos y el resto del mundo, y para el
desarrollo de todas las potencialidades de la economía cubana.
Fuente Diario Granma
Montaje fotográfico agregado RCBáez
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