viernes, 27 de mayo de 2011

El sistema de justicia que condenó a los Cinco: Las cárceles de la migra (Cuarta parte)

Por Salvador Capote*

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En los años del siglo XVIII tras la fundación de la república, y durante casi todo el siglo XIX, a nadie en Estados Unidos se le ocurrió encarcelar a un inmigrante por el solo hecho de serlo. Hacían falta brazos para exterminar a los indios, conquistar el Oeste y arrebatar la mitad del país a los mexicanos; hacían falta europeos blancos para que la población negra –esclava primero y segregada y discriminada después- no se convirtiese en mayoría; y hacía falta mano de obra barata para impulsar el pujante desarrollo industrial capitalista y extender las líneas del ferrocarril hasta las costas del Océano Pacífico.

Es en la última década del siglo XIX, cuando Estados Unidos transita de su etapa expansionista a la francamente imperialista cuando, para el registro y examen de los inmigrantes, se crea el centro de detención de Ellis Island, en la parte norte de la bahía de New York, que serviría de filtro entre 1891 y 1954 para rechazar a los recién llegados que presentasen características indeseables.

 Con el tiempo, Ellis Island fue rodeada de una aureola romántica aunque, como dice la vieja canción irlandesa, fue una isla de esperanzas pero también de lágrimas. No todos tenían suerte, las mujeres que llegaban solas a la isla eran sistemáticamente rechazadas porque, de acuerdo a los hipócritas criterios puritanos de la época, si carecían de apoyo familiar o, en otras palabras, de un hombre que las representase, podían caer fácilmente en el vicio y la prostitución. Los pasajeros que arribaban al puerto viajando en primera y segunda clase, llenaban sus formularios en la privacidad de sus camarotes y desembarcaban en Manhattan, no pasaban por Ellis Island. La isla era sólo para procesar a los que viajaban en tercera clase o hacinados en los entrepuentes, o sea, a los pobres (1).

 La historia de los servicios de inmigración de estos primeros años está llena de lagunas pues muchos registros se quemaron durante el incendio de las instalaciones originales de Ellis Island, el 14 de junio de 1897, o fueron destruidos deliberadamente por la administración Eisenhower. Sin embargo, en una memoria de la legendaria puerta de entrada, realizada por el Departamento de Justicia, se describe el lugar como “una penitenciaría de duros castigos que era para muchos una pesadilla”. …”Por causa de la angustia mental –señala el documento- muchos inmigrantes se quitaban la vida”. Hacia 1930 la cifra de suicidios ascendía a más de 3,000. En 1953 un juez de la Corte Suprema de Justicia calificó a Ellis Island –que un año después cerraría sus puertas- como “isla prisión” (2).

La política migratoria de Estados Unidos ha sido siempre racista pero con tolerancia directamente proporcional a la prosperidad económica. En la década de los veinte, por ejemplo, vivían en New York más de cien mil puertorriqueños pero en los años de la Gran Depresión la cifra descendió a la mitad para subir después vertiginosamente con la recuperación económica al finalizar la Segunda Guerra Mundial. En 1940, Franklin Delano Roosevelt transfirió el INS del Departamento del Trabajo al Departamento de Justicia pensando seguramente que en tiempos de guerra estaría allí mejor ubicado, dando origen de este modo a toda una serie de cambios tanto en su estructura como en sus métodos. A pesar de toda la carga ideológica racista y clasista, las tres décadas posteriores fueron, relativamente, las mejores de los servicios de inmigración, cuando era todavía una institución civil y no era política de la institución encarcelar innecesariamente a los inmigrantes indocumentados.

Es bajo el gobierno de Ronald Reagan que la agencia comienza a transformarse –mediante un largo proceso que dura hasta el presente- en un poderoso aparato represivo, cada vez más fuera de control y que desarrolla impunemente actividades secretas. Bajo la administración Reagan comienza la militarización de la frontera sur y, en general, de las operaciones del INS. Además, se elaboran planes militares de contingencia para situaciones hipotéticas en que fuese necesario detener a cientos de miles de indocumentados (3).

En 1981, un número considerable de haitianos llega a las costas de la Florida utilizando todo tipo de embarcaciones. Reagan les niega el status de refugiados y, violando acuerdos internacionales, ordena su detención en masa y la ampliación del Centro de Detención de Krome, en Miami, para albergarlos. Reagan califica a los haitianos como refugiados “económicos” con el fin de justificar su negativa a reconocerlos como refugiados políticos. Si los que llegan en bote son cubanos, se les admite de inmediato y se les abre una puerta ancha a la residencia legal y a la ciudadanía (en la política hostil contra la Revolución Cubana todo vale); si son haitianos, se les encierra en Krome y, brutalmente, se les expulsa del país.

Krome posee un nutrido y tenebroso expediente de abusos de todo tipo contra los inmigrantes detenidos. Por ejemplo, en un reportaje de Debbie Sontag, en el Miami Herald, con el título “Krome: historias de desesperación” y de subtítulo: “Palizas de los guardias en medio de relatos de horror” (4), se describe como los oficiales del centro manoseaban rutinariamente a las jóvenes haitianas detenidas y las acosaban y agredían sexualmente, y como mantenían a niños presos, en contra de la ley, entre otras infamias. Cada una de las detenidas sufría una múltiple discriminación: por mujer, por negra, por pobre, por extranjera, por no conocer el idioma, por su bajo nivel cultural. ¿Qué oportunidad de defensa tenían ante el asalto sexual de guardias prepotentes cuando, quizás sólo unas horas después, sin amparo legal alguno, con esposas y cadenas, serían deportadas por la fuerza a su país natal?.

El número de detenidos por los servicios de inmigración ha tenido un aumento exponencial en las últimas dos décadas. Como no dan abasto en sus propios centros, los inmigrantes detenidos pueden estar en cualquier sitio de la amplísima red penitenciaria del país, mezclados con delincuentes comunes, a pesar de que técnicamente no están cumpliendo sentencia alguna sino en calidad de “administrative detainees” (detenidos administrativamente). Se les puede encontrar en cárceles locales, prisiones estatales o federales o, en lo que es a mi juicio la mayor aberración del sistema de justicia de Estados Unidos, la creciente urdimbre de cárceles privadas que operan corporaciones como “Corrections Corporation of America (CCA)”, “GEO Group Inc.”, “Management and Training Corporation (MTC)”, “Wackenhut Corporation” (WC), y “Correctional Service Corporation (CSC)”. En 2010, CCA y GEO reportaron ingresos por 1.69 y 1.17 billones de dólares respectivamente (5).

La primeras prisiones privadas de Estados Unidos comenzaron a operar en 1984 como centros de detención de inmigrantes: “Aurora Services Processing Center” (de Wackenhut), cerca de Denver, Colorado, y “Houston Processing Center” (de CCA) en Texas. Hoy las cárceles privadas, que lucran con el encarcelamiento de seres humanos, cubren todo el territorio del país Más de la mitad de los detenidos por inmigración ocupan celdas en instituciones de la llamada industria del castigo.

La detención de inmigrantes se ha convertido en negocio muy lucrativo y, a su sombra, otros muchos negocios colaterales prosperan. Por ejemplo, algunos se preguntan por qué los presos son trasladados con tanta frecuencia de una instalación penitenciaria a otra. Hay inmigrantes detenidos que han recorrido ya, de cárcel en cárcel, toda la geografía de Estados Unidos. La respuesta, o una de ellas, es que el traslado de prisioneros también está, en parte, en manos privadas y es un negocio excelente y rentable.

 Pero no únicamente para la empresa privada la detención masiva de inmigrantes y, en general, el “boom” de la población penal de Estados Unidos, ha resultado un cuerno de la abundancia. Políticos locales de pueblos y ciudades que languidecían económicamente y con alta tasa de desempleo, sobre todo en el sur del país, han aprovechado la situación para crear o ampliar facilidades carcelarias y rentarlas a los servicios de inmigración. Se trata de un negocio multibillonario que, además, genera muchos puestos de trabajo. Ya el estado financiero de algunas ciudades depende de los fondos federales o estatales que ingresan a través de sus cárceles. Esta situación estructural torcida victimiza aún más a los reclusos porque los que una vez al año (si es que cumplen con la ley) revisan la situación de los inmigrantes detenidos por tiempo indeterminado, con vista a su posible liberación, son los mismos que poseen interés económico o político en la prolongación del encarcelamiento, y no es de esperar por tanto que las decisiones favorezcan al prisionero.

En 1996 el Congreso aprobó dos leyes que introdujeron nuevas y radicales transformaciones en el accionar del INS (6). Estas leyes ampliaron exageradamente las categorías de delitos a causa de los cuales los inmigrantes legales podían ser detenidos y deportados y, además, se aplicaron con carácter retroactivo y con la pretensión de que las decisiones de INS no podrían ser revisadas por las cortes. Con estas leyes se hizo clara la tendencia a dirigir contra los inmigrantes la lucha antiterrorista sin que existiesen motivos racionales para ello. Satisfacían sin embargo el sentimiento xenófobo y racista de la ultraderecha.

En ese mismo año de 1996, el INS de Atlanta circuló un memorándum entre los fiscales que constituye uno de los documentos más perversos en la historia del sistema de justicia norteamericano. En esencia, instruía a los fiscales de manera insidiosa y mal intencionada, en cómo manejar las negociaciones con los inmigrantes legales que cometiesen delitos (En Estados Unidos más del 90 % de los fallos de culpabilidad son el resultado de negociaciones entre el fiscal y el abogado de la defensa, no de juicios) de manera que se pudiese proceder a la deportación aún por delitos de menor cuantía. De acuerdo con el documento, el fiscal podia convenir con el acusado el no cumplimiento de la sentencia, pero la naturaleza de ésta debía permitir, sin que el acusado lo supiera, su posterior deportación (7).

La última transformación del INS que convirtió esta agencia en el engendro represivo que es actualmente, tuvo lugar en marzo 1 de 2003, al pasar a formar parte de un nuevo organismo, el “Department of Homeland Security (DHS)” (Departamento de Seguridad Nacional). Ahora, la responsabilidad de las detenciones la tiene el “Immigration and Customs Enforcement (ICE)”. Con la atmósfera de histeria anti-inmigrante creada y mantenida después del once de septiembre y con la promulgación de la Ley Patriota y otras que le dan a este organismo cada vez mayor poder, secretismo y libertad de acción, es casi imposible que se logre avanzar hacia una reforma migratoria justa. Por el contrario, es de esperar que las detenciones de inmigrantes continúen aumentando y que los abusos y arbitrariedades contra éstos se multipliquen. Además, los inversionistas de la industria del castigo, que contemplan a las decenas de millones de inmigrantes legales e ilegales como la mayor reserva del mundo de materia prima humana para sus cárceles, poseen ya poderosos “lobbies” en el Congreso Federal y en los Congresos Estatales que dedican sumas millonarias a promover leyes draconianas que convierten a los inmigrantes en delincuentes elegibles para su detención y deportación. Esta manipulación del sistema legal norteamericano conspira contra su legitimidad y es inevitable que muestre (muestra ya) sus dañinas consecuencias.

Mientras tanto, los informes sobre violaciones sistemáticas de los derechos humanos en las cárceles de inmigrantes se multiplican. Informes de “Florida Immigration Advocacy Centre” (FIAC) y de “Human Rights Watch” (HRW) publicados en marzo de 2009, revelaron que en los centros de detención de inmigrantes se abusa sistemáticamente de los detenidos que necesitan cuidados de salud, especialmente de las mujeres. “Las tasas de mortalidad empeoran”. (…) “Se detiene innecesariamente a personas con enfermedades graves y que no representan amenaza o peligro alguno para la comunidad”. Los servicios de salud para los detenidos son extremadamente precarios y no existe prácticamente control oficial. El tratamiento a las personas con incapacidades físicas es violento e inadecuado, el personal se conduce de manera “cruel y abusiva”, existe hacinamiento y condiciones insalubres en las enfermerías y se utiliza el aislamiento y el traslado de pacientes como castigo a los que se quejan. De acuerdo con FIAC los detenidos alegan que son tratados como criminales. HRW informa de graves violaciones en el trato a las mujeres, como el encadenamiento de embarazadas, negación de tratamiento a las que presentan síntomas de cáncer mamario o cervical, así como afrentas a su dignidad. El 80 % carece de abogado.

Los centros de detención de niños y jóvenes poseen su propio historial sórdido y espeluznante que me propongo tratar con mayor amplitud en otra oportunidad. Me limitaré a señalar que una investigación muy reciente del Palm Beach Post (8) demostró que en estos centros –operados en su mayor parte por compañías privadas- manejan la conducta de los niños mediante fuertes dosis de poderosos medicamentos anti-psicóticos (Seroquel, Abilify, Risperdal y otros), la “artillería pesada” de la psiquiatría, que provocan tendencias suicidas y otros peligrosos efectos secundarios. La investigación demostró que el Departamento de Justicia Juvenil (DJJ) de la Florida no controla la administración de medicamentos a los niños. Antoinette Appel, neurofisióloga de la ciudad de Tamarac, en el Condado Broward, explicó que “como no les está permitido [a los centros bajo la responsabilidad del DJJ] ponerle esposas y grilletes a los niños, utilizan drogas anti-psicóticas como sustituto”. Según el Dr. Robert Hendreu, Director del Departamento de Psiquiatría de Niños y Adolescentes de la Universidad de California, este tipo de drogas seda a los niños para que parezca que no tienen problemas. “Podría decirse –comentó- que se convierten en zombies”.

Más de 600,000 familias de inmigrantes enfrentan actualmente órdenes de deportación (9). ¿Cuántas serán destruídas en nombre de la ley? ¿Cuántos niños y jóvenes serán separados de sus padres en aras de un absurdo modo de combatir el terrorismo? ¿Cómo medir el dolor de tanta gente humilde sacrificada para satisfacer mezquinos intereses partidistas?.

 
(1)  Records of the Immigration and Naturalization Service. Part 3: Ellis Island, 1900 – 1933. A microfilm project of University Publications of America (1995).
(2)  U.S. Department of Justice, Immigration and Naturalization Services, “Isle of Hopes, Isle of Tears”, prepared by K. Barry, no date [probably 1986]. Citado por Mark Dow en “American Gulag”, Univ. of Cal. Press (2004), p. 6.
(3)  Timothy J. Dunn: “The militarization of the U.S.-Mexican border”, Center for Mexican American Studies, University of Texas, Austin, (1996).
(4)  Debbie Sontag: “Krome: Stories of Despair”, Miami Herald, April 11, 1990.
(5)  Mandy Oaklander: “Texas, immigration detention capital of the country”, May 18, 2011.
(6)  “Antiterrorism and Effective Death Penalty Act” e “Illegal Immigration Reform and Immigrant Responsibility Act”.
(7)  Mark Dow: “American Gulag”, Univ. of Cal. Press (2004), p. 180.


*Bioquímico cubano, actualmente reside en Miami. Trasmite con cierta regularidad por Radio Miami el Programa “La Opinión del Día”, que aparece poco después en laradiomiami.com. Es colaborador de Areítodigital.net; participa, con la Alianza Martiana, en la lucha contra el Bloqueo impuesto a Cuba por Estados Unidos.

Imagen agregada RCBáez

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